Los cuatro grupos designados por la Ley de Igualdad en el Empleo son:
Pueblos aborígenes
Un aborigen es un indio norteamericano o un miembro de una Primera Nación, métis o inuit. Los indios norteamericanos o los miembros de una Primera Nación incluye a los indios con tratado, con estatus o registrados, así como a los indios sin estatus o no registrados.
A partir del 1 de abril de 2012, todos los departamentos y organismos que se rigen por la Ley de Empleo de los Servicios Públicos están obligados a utilizar un Formulario de Afirmación de Afiliación Aborigen (AAAF, por sus siglas en inglés) para los procesos de nombramiento internos y externos, anunciados y no anunciados, cuando las personas propuestas para el nombramiento o designadas se han autodeclarado como aborígenes y el proceso de nombramiento:
- Tiene un área de selección limitada a los pueblos aborígenes, o a los miembros de los grupos de equidad laboral designados que incluyen a los pueblos aborígenes; o
- ha aplicado como criterio de mérito la necesidad organizativa de aumentar la representación de los pueblos aborígenes, o de aumentar la representación de los miembros de los grupos designados, incluidos los pueblos aborígenes; o
- implique una selección a partir de un inventario de aborígenes, o programas de empleo para estudiantes en el Gobierno Federal utilizados para aumentar la representación de los pueblos aborígenes, o de los grupos designados, incluidos los pueblos aborígenes.
Miembros de minorías visibles
Una persona perteneciente a un grupo de minorías visibles es alguien (que no sea un aborigen, tal y como se ha definido anteriormente) que no sea de color/raza blanca, independientemente de su lugar de nacimiento. El grupo de minorías visibles incluye: Negros, chinos, filipinos, japoneses, coreanos, indios del sudeste asiático (incluyendo indios de la India; bangladesíes; pakistaníes; indios del este de Guyana, Trinidad, África del Este; etc.), asiáticos del sudeste (incluyendo birmanos; camboyanos; laosianos; tailandeses; vietnamitas; etc. ) no blancos de Asia occidental, norteafricanos o árabes (incluidos egipcios; libios; libaneses; etc.), latinoamericanos no blancos (incluidos indígenas de América Central y del Sur, etc.), personas de origen mixto (con uno de los padres en uno de los grupos minoritarios visibles enumerados anteriormente), otro grupo minoritario visible.
Personas con discapacidad
Una persona con discapacidad tiene una deficiencia física, mental, sensorial, psiquiátrica o de aprendizaje a largo plazo o recurrente y:
- se considere en desventaja en el empleo a causa de dicha deficiencia;
- cree que es probable que un empleador o un posible empleador le considere en desventaja en el empleo debido a esa deficiencia.
Esta definición también incluye a las personas cuyas limitaciones funcionales debidas a su deficiencia han sido acomodadas en su empleo o lugar de trabajo actual. Las discapacidades incluyen: la coordinación o la destreza (dificultad para utilizar las manos o los brazos, por ejemplo, para agarrar o manejar una grapadora o utilizar un teclado), la movilidad (dificultad para desplazarse, por ejemplo, de una oficina a otra o para subir y bajar escaleras), la ceguera o la discapacidad visual (incapacidad para ver o dificultad para ver), la sordera o la discapacidad auditiva (incapacidad para oír o dificultad para oír), la discapacidad del habla (incapacidad para hablar o dificultad para hablar y ser entendido), otras discapacidades (incluidas las discapacidades de aprendizaje, las discapacidades del desarrollo y todos los demás tipos de discapacidades).
Mujeres
Aunque la situación de las mujeres en la función pública ha mejorado en los últimos años, siguen estando poco representadas en algunos ámbitos laborales.
Información adicional
Más información sobre la igualdad en el empleo y cómo autodeclararse miembro de un grupo designado